Gracias por su repuesta, En este caso, quiero construir la casa en…
Gracias por su repuesta,
En este caso, quiero construir la casa en terreno urbano, y tiene ya dos calles hechas, que dan esta finca, mi intención es construir en la parte que dá a la calle prevista por el plan urbanístico (de hecho la construcción donde mejor queda, es donde pretenden que vaya la calle);. Éste plan, lo han modificado actualmente, ha sido aprobado por el ayuntamiento en pleno, y debe ser aprobado también por la Junta de Castilla y León.
Si hago una segregación, y divido la finca en dos parcelas, al tener dos referencias catastrales diferentes, no me obligarían a abrir la calle, cuando presente el proyecto¿?, o estaría obligada igualmente, segregue o no?¿. teniendo en cuenta que la otra parcela estaría en terreno urbano no consolidado., y no hay vecinos, es monte.
saludos.
Emilio Martín (Tú) Hace 3 años
Buenos días:
Desde el momento que segregue y quiera edificar cada una de las parcelas (que tienen que tener la condición de mínima según el planeamiento vigente, esto es, superficie y dimensiones superiores a las señaladas como mínimas por el Plan), las mismas tienen que tener la condición de solar, o alcanzar dicha condición antes de que las edificaciones sean ocupadas.
Lo anterior significa que cada una de las parcelas tiene que tener los servicios necesarios, y como mínimo, abastecimiento, saneamiento, electrificación y acceso rodado. Por tanto es posible que tenga que abrir la calle, según las previsiones del Plan, para conseguir que cada una de las parcelas tengan la condición de solar. Y la obligación de ceder el suelo para la calle y dotar de servicios a la parcela, es del propietario de la misma en suelo urbano consolidado.
Saludos
Deja una respuesta
Debes estar registrado o acceder para responder consultas.