Buenas tardes, Tengo una actividad ganadera en un suelo urbano declarado…
Buenas tardes,
Tengo una actividad ganadera en un suelo urbano declarado a posteriori como tal. El PGOU que afecta a la edificación es posterior a la mencionada actividad, entendiendo su vigencia desde la fecha de su aprobación definitiva, no afectaría dicha actividad. Desde el ayuntamiento tengo 2 versiones contradictorias, sanidad dice que la actividad no es insalubre y cumple con las condiciones necesarias para permanecer ahí dado que es anterior a la declaración del suelo como urbano pero urbanismo se ampara en que no puede haber explotaciones ganaderas en suelo urbano. Al haber recibido una denuncia de un vecino han abierto un expediente al que tengo que contestar. En este sentido, ¿hay alguna ley que me ampare? ¿es cierto que al ser anterior la actividad a la declaración del suelo como urbano por el PGOU esa condición no le afecta? podrías decirme que artículo de la ley, RD, u escrito me ampara para poder contestar que no es ilegal.
Gracias de antemano.
Un Saludo
Emilio Martín (Tú) Hace 3 años
Buenas tardes:
Es importante conocer donde está situada la parcela. Tiene toda la pinta de ser, desde el punto de vista urbanístico, un fuera de ordenación, y si es así y se considera parcial por el planeamiento, podrá mantener la actividad (si no es insalubre) durante el tiempo que dure la vida útil las edificaciones que soportan la actividad. Pero es necesario tener más datos para opinar.
Nos basta con la referencia catastral para situarnos.
Saludos
Deja una respuesta
Debes estar registrado o acceder para responder consultas.