Buenos días. Querría hacer una consulta sobre la titularidad de los suelos…
Buenos días. Querría hacer una consulta sobre la titularidad de los suelos destinados a equipamientos. ¿En qué casos es obligatorio que la titularidad sea demanial y en qué casos puede ser de carácter privado? ¿Dónde se regula, en su caso?
Muchas gracias
Emilio Martín (Tú) Hace 4 años
Buenas tardes.
Ese carácter lo regula el planeamiento. Si es un suelo de cesión obligatoria en ejecución del planeamiento urbanístico, en Andalucía, en aplicación del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (del año 2006), se considera demanial desde su cesión. Ahora bien lo normal es que se considere demanial cuando efectivamente se preste un servicio público por parte de la Administración.
Saludos.
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