Buenas tardes, un ayuntamiento quiere hacer una acera y pretende que…
Buenas tardes, un ayuntamiento quiere hacer una acera y pretende que los propietarios de parcelas afectadas acepten una cesión voluntaria. No tendría que hacer una expropiación en base al procedimiento de la Ley de Expropiación Forzosa? (en el ejemplo NO hay ningún plan de actuación, ni plan parcial, es una zona urbana ya consolidada);
En caso de expropiación, si hay elementos constructivos afectados…¿el ayuntamiento repone todos los elementos constructivos afectados? es decir, vuelve a construir paredes, muros, vallados, etc…¿o no está obligado? ¿en caso de cesión SI que está obligado? Qué normativa rige el hecho de reponer todos los elementos constructivos o no?
Emilio Martín (Tú) Hace 4 años
Buenas tardes:
Si no tiene cobertura en el planeamiento, ni siquiera expropiando puede hacerlo. La expropiación necesita una causa de utilidad pública y eso lo da, generalmente, la aprobación de una urbanístico (en Andalucía, también, la aprobación de un proyecto de obras ordinarias).
Pero, efectivamente, la expropiación tiene que seguir un procedimiento (delimitación de titulares. bienes de derechos; fijación de justiprecio, pago y ocupación, etc.), y la administración actuante está obligada a indemnizar todos los bienes afectados (suelo, construcciones, instalaciones, actividades, etc.). Una forma de indemnización puede ser reponer los bienes afectados.
Saludos.
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