Hola, a ver si me puede ayudar. Tengo un inmueble construido sobre…
Hola, a ver si me puede ayudar.
Tengo un inmueble construido sobre 1940 y reformado en 1978 que estoy intentando vender. Cuando el posible comprador va al ayuntamiento al servicio de planeamiento urbanístico le dicen que según el plan general de 1989, la parcela donde se ubica la edificación visitada está afectada por el Sistema Local de Red Viaria Via Urbana en la esquina noreste, por lo que se encuentra Fuera de Ordenación Sustantiva. En la parcela resultante se permiten Planta Baja y cuatro alturas, sin embargo, debido a los ángulos que quedan una vez establecidas las líneas de fachada y profundidad, es posible que tuviese que edificar uniéndose a la parcela colindante.
No está previsto el desarrollo de la zona a corto plazo y se desconoce en qué momento se podrá desarrollar.
Esto es lo que les dicen.
La historia es que todos los compradores se tiran atrás en la compra, con lo cual este problema me está afectando sumamente.
Se puede reclamar al técnico de planeamiento por daños y perjuicios, o al ayuntamiento por responsabilidad patrimonial por retraso en la ejecución del plan general? Que vía se puede utilizar para solventar este asunto?
Muchísimas gracias
Emilio Martín Herrera (Tú) Hace 5 años
Buenos días.
Siento el retraso en la contestación, no me ha saltado la cuestión a mi correo.
Necesitaría que se situara en un plano o en una fotografía área la ubicación del inmueble.
Muchas gracias. Saludos
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