Para la tramitación de una vivienda en edificio plurifamiliar que se quiere…
Para la tramitación de una vivienda en edificio plurifamiliar que se quiere destinar para fines turísticos en Torremolinos, se ha detectado por parte el técnico del ayuntamiento que existe un error en la superficie registral con la planimetria aportada en un certificado de habitabilidad.
El error consiste en una diferencia de m2 de salón, y esto ocurre porque el antiguo propietario incorporo la terraza al salón mediante un cierre de aluminio y no modifico el título de propiedad o legalizó esa situación, que tampoco ha sido detectada hasta la fecha.
En reunión con el técnico municipal le indica al propietario actual que tiene dos opciones,
1.- Legalizar la situación,
2.- Demostrar que el hecho ha prescrito. (en este caso la instalación del cierre);
¿Qué opción es la más recomendable? ¿Qué consecuencias tiene cada una de las dos?
Jose Carlos Guerrero Maldonado (Tú) Hace 6 años
Si legaliza la incorporación del balcón al salón podrá obtener la licencia de ocupación necesaria para inscribir la vivienda como vacacional en el registro de la Junta de Andalucía. Por contra si prueba que la instalación del cierre cuenta con mas de seis años de antigüedad el Ayuntamiento no podrá reaccionar y corresponderá la Declaración del inmueble en situación de Asimilado a Fuera de Ordenación (AFO), no correspondiendo otorgarse licencia de ocupación.
Simplificando lo anterior, si quieres inscribir la vivienda como vacacional corresponde la legalización de la pequeña ampliación, de lo contrario procederá la declaración en AFO sin posibilidad de acceder al registro turístico y con la limitación correspondiente al régimen jurídico de aplicación.
UN SALUDO COMPAÑERO
Deja una respuesta
Debes estar registrado o acceder para responder consultas.