Plazo para restablecer la legalidad en Cjto. Histórico inscrito en el Catálogo …
Plazo para restablecer la legalidad en Cjto. Histórico inscrito en el Catálogo General de Patrimonio Histórico de Andalucía.
Sé que lo dijeron en las jornadas, pero yo no oía bien a D. Emilio Martín Herrera cuando lo estuvo comentando.
Dentro de un Conjunto Histórico inscrito en el Catálogo General, ¿hay inmuebles para los que prescriben las infracciones?
En mi caso, el Conjunto Histórico está inscrito en el Catálogo General de Patrimonio Histórico de Andalucía. Y en el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico del municipio hay un catálogo con inmuebles BIC, con niveles del I al IV de protección, dentro de los entornos de los BIC e inmuebles que no están en el catálogo ni en los entornos de los BIC.
Enhorabuena por las jornadas, y muchas gracias de antemano.
Emilio Martín Herrera A+++ Hace 3 años
Buenos días:
Entiendo que los bienes inmuebles inscritos en al Catalogo General. Por tanto en algún supuesto pueden ser Conjuntos Históricos. La cuestión es que creo que el comentario se refirió a supuestos de no temporalidad de la aplicación de medidas de restauración del orden, y la LISTA señala este supuesto con el tenor literal de «que afecten a bienes inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de Andalucía». No todo lo actuado en el Conjunto Histórico «afecta». Todo lo actuado en un «Monumento», casi siempre si.
Saludos
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