Hola buenas tardes yo ya he hecho varias consultas sobre licencia de …
Hola buenas tardes yo ya he hecho varias consultas sobre licencia de obras parcial ,licencia primera ocupación parcial.Ya todo solucionado,le doy las gracias.El problema ahora es que al ir a registrar la obra se los cuatro apartamentos,el registro de la propiedad me pide el Libro del edificio.En este edificio en 2010 se dio LPO parcial 31 viviendas los garajes y locales,en 2021DR-LO 28 viviendas,mi pisos en Octubre del 2022 primera ocupación. Que tengo que hacer para para poder registrar la obra finalizada.Muchas gracias
Emilio Martín Herrera A+++ Hace 1 año
Buenos días.
El libro del edificio era obligatorio desde el año 2000. Y si la primera licencia de ocupación parcial es el 2010, se supone que la licencia de obras era posterior el 2000, por tanto exigible el libro del edificio, que debió ser presentado en relación con estas primeras ocupaciones.
La obligación de presenta en el Registro de la Propiedad el Libro del Edificio se desprende el contenido del artículo 28.1.a del Texto Refundido de la Ley del Suelo al referirse a la inscripción de obra nueva terminada. Teóricamente debió ser exigido y depositada copia del libro en la notaria cuando autorizaron escrituras de obra nueva terminada de la primeras ocupaciones parciales. En cualquier caso puede exigírselo al promotor, que es que tiene la obligación legal de confeccionarlo y suscribirlo para su posterior entrega a los usuarios finales del edificio.
Saludos
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