Hola. Mi consulta es sobre licencia de primera ocupación. Se trata de un …
Hola. Mi consulta es sobre licencia de primera ocupación.
Se trata de un edificio con corrala en Albaicín construido en 1993.
En escrituras consta como un edificio con zonas comunes y distintas viviendas urbanas.
A la hora de pedir la licencia de primera ocupación, resulta que la corrala no tiene las dimensiones mínimas que exige la normativa, a pesar de que es un piso soleado con mucha luz.
Es posible que el edificio se construyera legalmente y que carezca de licencia de primera ocupación?
Creo que solo un vecino si tiene la licencia concedida hace tres años.
Muchas gracias.
Emilio Martín Herrera A+++ Hace 1 año
Buenas tardes.
Si el edificio es de 1993 y se construyo en el Albaicín seguramente tiene licencia de edificación. El que no tenga licencia de ocupación es intranscendente, ya que ahora es posible habilitar la ocupación a través de la presentación de declaración responsable. Así lo prevé el artículo 138.1.d y e de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA), que establece que es objeto de declaración responsable:
«d) La ocupación o utilización de las edificaciones o instalaciones amparadas en licencia previa o declaración responsable de obras, siempre que se encuentren terminadas y ajustadas a estas y su destino sea conforme a la normativa de aplicación*.
e) La ocupación y utilización en edificaciones existentes que sean conformes con la ordenación vigente o se encuentren en situación legal de fuera de ordenación, situadas en suelo urbano no sometido a actuaciones de transformación urbanística, siempre que no hayan sido objeto de obras».
Saludos
*Normativa de aplicación en el momento que se concedió la licencia
Deja una respuesta
Debes estar registrado o acceder para responder consultas.