Buenas, estamos mirando para comprar un terreno rustico declarado en el catastro…
Buenas, estamos mirando para comprar un terreno rustico declarado en el catastro como olivar, tiene una casa de aperos la cual no está registrada ni en escrituras, ni en el catastro,pero si que aparece en el sigpac, la casa de aperos tiene que tener más de 50 años (es muy antigua y está para reformar);
¿Como podría legalizarse? Y si es posible ¿que tramites son los necesarios?
Muchas gracias, un saludo
Emilio Martín (Tú) Hace 4 años
Buenos días:
Si está en Andalucía, con esa antigüedad se considera como si tuviera licencia, en aplicación del contenido del artículo 2 del Decreto-ley 3/2019, de 24 de septiembre, de medidas urgentes para la adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares en la Comunidad Autónoma de Andalucía:
«1. Las edificaciones terminadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 19/1975, de 2 de mayo, de reforma de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, y que no posean licencia urbanística para su ubicación en el suelo no urbanizable, se asimilarán en su régimen a las edificaciones con licencia urbanística. Dicho régimen no será extensible a las obras posteriores que se hayan realizado sobre la edificación sin las preceptivas licencias urbanísticas.
Igual criterio se aplicará respecto de las edificaciones irregulares en suelo urbano y urbanizable para las que hubiera transcurrido el plazo para adoptar medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística a la entrada en vigor de la Ley 8/1990, de 25 de julio, sobre Reforma del Régimen Urbanístico y Valoraciones del Suelo.
2. Las personas propietarias de las citadas edificaciones podrán recabar del Ayuntamiento certificación administrativa en la que se hará constar el régimen aplicable a las mismas».
Si es este su caso, pida certificación al Ayuntamiento, y podrá acreditar que la construcción es legal a todos los efectos.
Saludos
Deja una respuesta
Debes estar registrado o acceder para responder consultas.