Buenas he adquirido un solar urbano, el cual en la compra me…
Buenas he adquirido un solar urbano, el cual en la compra me aseguraron que disponía de todas las acometidas y servicios para iniciar la construcción de la vivienda. Una vez que he iniciado la construcción hemos descubierto que no dispone de acometida de aguas residuales. Según me dicen en la inmobiliaria ellos no pueden saber si tiene o no estos servicios a pesar que antes de la compra me aseguraron de que si. Ellos eluden la responsabilidad al ayuntamiento que es el que acogió está promoción de parcelas a la promotora. Mi pregunta es a quien tengo que reclamar esta carencia y los gastos que conllevan la realización de esta acometida imprescindible para la habitabilidad. Espero su respuesta
Emilio Martín (Tú) Hace 5 años
Buenos días.
¿La deficiencia es de la acometida desde la red hasta su parcela?. ¿La red de aguas residuales está instalada?. ¿Es sólo la conexión de la parcela con la red?. Si es así, la obligación de esa conexión es del propietario, y si le dijeron que existía puede reclamar al anterior propietario, sobre todo si en el contrato de compraventa quedo claro que la parcela estaba dotada de todos los servicios, especialmente de esa acometida.
Si la red municipal no existe y no puede dar servicio a esa parcela, la misma no tiene la condición de solar, por lo que difícilmente obtendrá licencia para edificar. Depende de que clase y categoría de suelo sea para concretar de quien es la obligación de dotar de este servicio a la parcela
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