Urbanismo
20 septiembre, 2020 #Consultas anteriores

Buenas noches, los padres de mi pareja tienen en Ronda (Málaga); una…

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Buenas noches, los padres de mi pareja tienen en Ronda (Málaga); una finca de 10 mil metros con una vivienda unifamiliar construida, una piscina, zona de aparcamiento y un pequeño almacen hecho de paneles. como van a jubilarse les gustaría reformar la casa y dividirla en dos o bien construir otra vivienda para que cada uno de sus hijos se quede con una,queriamos saber si sería legal hacer algo así, la referencia catastral es 29084A047001610000RL.
Muchas gracias, un saludo.
Marian.

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Emilio Martín (Tú)A+++ Hace 4 años

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Buenos tardes.

La parcela se encuentra situada, según el Plan General de Ordenación Urbanística de Ronda (vigente desde diciembre de 1991, adaptado a la Ley Andaluza en febrero del 2010) en suelo no urbanizable-regadío 1 (SNU-R1).

Según el artículo 229 de la Normativa del Plan General, no podrán realizarse parcelaciones en contra de la normativa agraria. Hay que tener en cuenta que la parcela mínima para regadío en el Municipio de Ronda, según la Consejería de Agricultura y Pesca, es de 2.500 m2 de suelo, por lo que una parcela de 10.000 m2 puede dividirse.

Por otro lado, el artículo 238.G de la Normativa del Plan General permite la autorización, en esta clase-categoría de suelo, de la construcción de una vivienda unifamiliar aislada sobre la parcela mínima, siempre que guarde relación con la naturaleza del suelo.

Ambos actos, de parcelación y edificación, están sujetos a licencia.

Saludos.

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