Buenas tardes: Que capitulo y articulo del POTAUG, recoje las » legalizaciones…
Buenas tardes: Que capitulo y articulo del POTAUG, recoje las » legalizaciones de las construcciones» y Porque algunos Ayuntamientos admiten AFO de viviendas » residencial » y otros no ?.¿ No hay un criterio unificado que imponga la Junta de Andalucía.
Unos ayuntamientos admite anteriores a la entrada en vigor del POTAUG ( 2.000); y otros solo 6 años atrás. ? ¿ Que prevalece el P.G.O.U del Ayuntamiento o el POTAUG. GRACIAS. y cuidaros ¡¡¡¡
Emilio Martín (Tú) Hace 5 años
Buenos días.
La declaración de AFO y los supuestos no tienen nada que ver con el POTAUGR. Los criterios para su declaración están contenidos en el Decreto Ley Andaluz 3/2019.
Se puede declarar AFO si han prescrito el plazo para adoptar medidas de restauración del orden urbanístico que es de 6 años desde la terminación de la edificación (artículo 185.1 de la LOUA), teniendo en cuenta que hay supuestos de no prescripción que están recogidos en el artículo 185.2 de la LOUA.
Está claro que si el suelo no urbanizable está protegido no es posible declarar AFO, Y es posible que en algunos casos la protección opere por ordenación territorial exclusivamente (POTAUGR) y no por ordenación urbanística (por el Plan General), y esa podría ser la fecha a considerar (.lo de la aprobación del plan de ordenación territorial).
Depende del municipio, y cuando se fije en su planeamiento los supuestos que considera dentro de ordenación o no. El planeamiento urbanístico puede considerar supuestos dentro de ordenación aunque el suelo este protegido por ordenación territorial.
Saludos
Deja una respuesta
Debes estar registrado o acceder para responder consultas.