Buenas tardes, un promotor que al mismo tiempo va a realizar gran …
Buenas tardes, un promotor que al mismo tiempo va a realizar gran parte de los trabajos de su propia vivienda y que no es empresa contratista, entiendo que no debería de realizar plan de seguridad y salud. En su caso que tipo de documento debe realizar para documentar que va a llevar una seguridad apropiada en la obra?
Daniel Ruiz A++ Hace 4 meses
Buenas tardes, según la Ley de Ordenación de la Edificación «será considerado promotor cualquier persona, física o jurídica, pública o privada, que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título». En esta definición no se incluye la ejecución material por lo que no podríamos considerarlo exclusivamente como promotor.
Por otro lado, la exclusión prevista el artículo 2.3. del RD 1627/1997, a la que imaginamos que haces referencia cuando indicas que no es empresa contratista al tratarse de trabajos que va a realizar en su propia vivienda no resulta de aplicación en el caso que indicas, pues se refiere a los casos en los que el promotor contrata directamente trabajadores autónomos para la realización de la obra o de determinados trabajos de la misma, y este no es el caso.
Por tanto, en el caso que planteas entendemos que sólo cabría una participación en obra asumiendo ambas figuras, promotor y trabajador autónomo, y este último siempre que estuviera en alta el RETA y en el epígrafe correspondiente a la actividad que ejecute.
Se trata de una concurrencia de trabadores en un mismo centro de trabajo y por tanto será el coordinador de seguridad y salud quien, en aplicación del artículo 9. d) del RD 1627/1997 organice la coordinación de actividades empresariales prevista en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Saludos
Deja una respuesta
Debes estar registrado o acceder para responder consultas.