Urbanismo
5 septiembre, 2024 #AFO

Buenas, tengo un cortijo en suelo rustico anterior al año 1975 con …

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Buenas, tengo un cortijo en suelo rustico anterior al año 1975 con una ampliación que se hizo en el año 1985. Presentado informe técnico y solicitado reconocimiento del «fuera de ordenación» para el cortijo y «asimilado fuera de ordenación» para la ampliación por parte de Ayuntamiento para inscribir en el registro. Me piden una tasa del 4% del PEM como si la obra se hiciera hoy en día. ¿es esto normal? Entiendo que para el AFO se aplique una tasa, pero el FO creía que era como su tuviera licencia (ya que no existía normativa urbanística cuando se construyo antes de 1975). Gracias

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Emilio Martín HerreraA+++ Hace 3 meses

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Buenas tardes.

Efectivamente no deben de tasa para la parte edificada antes de 1975. En todo caso sería exigible tasa por la emisión de un certificado reconociendo esa situación tal y como señala la Disposición transitoria quinta de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA) sobre de la Régimen de las edificaciones terminadas antes de la entrada en vigor de la Ley 19/1975, de 2 de mayo, y de aquellas para las que hubiera transcurrido el plazo para adoptar medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística a la entrada en vigor de la Ley 8/1990, de 25 de julio, que en su apartado 2 señala:

«Disposición transitoria quinta. Régimen de las edificaciones terminadas antes de la entrada en vigor de la Ley 19/1975, de 2 de mayo, y de aquellas para las que hubiera transcurrido el plazo para adoptar medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística a la entrada en vigor de la Ley 8/1990, de 25 de julio».

En cualquier caso, una tasa del 4% del PEM parece excesiva, incluso para una solicitud de licencia.

Saludos

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