Urbanismo
4 marzo, 2022 #LISTA

Buenos días, de acuerdo con el art. 27 de la LISTA, en …

Seguir consulta Hace 2 años1 respuesta

Buenos días, de acuerdo con el art. 27 de la LISTA, en suelo urbano, mediante actuaciones de mejora urbana se puede aumentar la edificabilidad, el número de viviendas o cambiar el uso o tipología de una parcela cuando ello precise nuevas dotaciones públicas o cuando implique un incremento del aprovechamiento urbanístico, y siempre que no conlleven la necesidad de reforma o renovación de la urbanización. Pero ¿qué sucede cuando se quiere modificar el uso y no se produce incremento de aprovechamiento urbanístico ni se necesitan nuevas dotaciones? ¿Sigue en este caso siendo el Estudio de Ordenación el instrumento adecuado? Muchas gracias

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Emilio Martín HerreraA+++ AutorHace 2 años

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Buenos días.

Efectivamente no es una actuación de mejora en el sentido de que no hay que incrementar las dotaciones por no producirse un incremento de aprovechamiento, viviendas, etc. No es una actuación de dotación en los términos del TRLSRU.

La cuestión es entonces determinar cuál es la figura de ordenación urbanísticas según la LISTA para proceder a esta alteración.

Las figuras de ordenación detallada según la nueva Ley para operar en suelo urbano y cumplir estas funciones son el POU o EO (y como figura complementaria el Estudio de Detalle), y para mi está claro que la primera es excesiva para estos menesteres. Supongo que el cambio que se propone supera las posibilidades del Estudio de Detalle. Por tanto la figura sería el EO, en el que habría que justificar que no se dan las condiciones para proceder a las correspondientes cesiones (de dotaciones y aprovechamiento), y que el cambio supone una mejora para la ordenación del suelo urbano, proponiendo una nueva ordenación detallada del ámbito.

Saludos

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