Seguridad y salud
29 octubre, 2024 #Intervención en la edificación

Buenos días, me gustaría saber en que repercute en el tema de …

Seguir consulta Hace 3 semanas1 respuesta

Buenos días, me gustaría saber en que repercute en el tema de la coordinación de seguridad y dirección de ejecución que un promotor se realice su propia construcción (una construcción pequeña).

Además, en qué nos repercute a nosotros como técnicos que el constructor no comunique el alta del centro de trabajo.
Gracias

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Daniel RuizA++ Hace 3 semanas

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Buenos días. No podemos aclararte mucho de la primera cuestión ya que desconocemos a qué te refieres con que realiza su propia construcción. En este mismo foro se han respondido preguntas sobre la figura del promotor con trabajadores contratados por él y cuando el promotor pretende participar activamente como persona física en el proceso constructivo. Te remitimos a que realices la consulta de estas preguntas.

Si se dan las circunstancias previstas en el artículo tercero del RD 1627/1997, el promotor deberá designar un coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra y éste deberá cumplir las obligaciones previstas en el artículo 9 de ese mismo RD, independientemente de si el promotor participa como promotor o como promotor – constructor.

En relación con la responsabilidad en materia de apertura de centro de trabajo, según la orden TIN/1071/2010, de 27 de abril, su comunicación corresponde al contratista y se realizará previamente al inicio de la obra y quedará expuesta en obra en lugar visible. Si no se realizara podrá ser sancionado por infracción grave según el artículo 12.5 de la LISOS.

Además, el promotor deberá velar por el cumplimiento de la obligación impuesta al contratista y es igualmente responsable de la falta de comunicación según lo previsto en el artículo 5 de la orden TIN/1071/2010.

Saludos

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