Buenos dias. Os espongo varias dudas. Estoy mirando una parcela urbana para…
Buenos dias.
Os espongo varias dudas.
Estoy mirando una parcela urbana para comprarla. Dicha parcela da servidumbre a otras dos parcelas según el registro de la propiedad. Las parcelas beneficiadas de estas servidumbres, están usando estas servidumbres para su uso personal, cogiendo más terreno del extrictamente necesario para la entrada a la parcela y vallandola como si fuese su parcela.
Mis dudas son: 1ª Una de estas parcelas tiene acceso directo por varias paredes a la calle ¿Podría reclamar para que dejara de usar la servidumbre? 2ª El dueño de la parcela que tiene que dar servidumbre¿Le corresponde aunque solo sea acceder a la servidumbre?
Un saludo y muchas gracias.
Emilio Martín (Tú) Hace 4 años
Buenas tardes:
Si la servidumbre es de paso ya que era una finca que no tenía entrada por otro sitio (artículo 564 del Código Civil), y ya no es necesarias, puede instar su extinción según el contenido del artículo 568 del Código Civil:
«Si el paso concedido a una finca enclavada deja de ser necesario por haberla reunido su dueño a otra que esté contigua al camino público, el dueño del predio sirviente podrá pedir que se extinga la servidumbre, devolviendo lo que hubiera recibido por indemnización.
Lo mismo se entenderá en el caso de abrirse un nuevo camino que dé acceso a la finca enclavada».
Saludos
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