Buenos días. Os expongo un caso: Dos viviendas (A y B);…
Buenos días. Os expongo un caso:
Dos viviendas (A y B); que comparten medianera, una de ella es demolida (A); quedando la medianera por dicha parte al descubierto. El propietario de la vivienda (B); se queja que tras la demolición de la vivienda (A); su vivienda se está viendo afectada por humedades debido a filtraciones a través de la pared medianera. En el planeamiento municipal no se de termina si el que demuele una vivienda que comparte medianera con otra, deba tratarla para no perjudicar al otro.
Mi duda, ¿está obligado el propietario de la vivienda A que ha sido demolida a tratar la medianera para no ocasionarle perjuicios al otro vecino? ¿hay base jurídica o urbanística que regule este tipo de obligaciones?.
Saludos.
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