Urbanismo
28 mayo, 2020 #Consultas anteriores

Buenos dias, Quisiera saber si una vivenda urbana construida sobre suelo no…

Seguir consulta Hace 4 años1 respuesta

Buenos dias,
Quisiera saber si una vivenda urbana construida sobre suelo no urbanizable en Andalucia puede servir de garantia para un prestamo hipotecario.
Hay personas que me dicen que tengo que obtener del Ayto un AFO, y que sin esa declaración de AFO la vivienda no sirve como garnatia hipotecaria. ¿Es cierto?

Un saludo

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José Carlos Guerrero Maldonado (Tú)A+++ Hace 4 años

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Hola, lo primero que quiero señalarle de su consulta es que usted debe estar segura de que la vivienda se encuentra en situación de Asimilado a Fuera de Ordenación. Con carácter general, un inmueble se encuentra en Asimilado a Fuera de Ordenación si se dan las siguientes circunstancias:

1. Se construyó sin ningún tipo de licencia
2. Ha transcurrido el plazo para que la administración pueda perseguirla (6 años de su completa terminación, si no se encuentra sobre un suelo de especial protección)
3. El inmueble es incompatible con el instrumento de planeamiento. No se puede legalizar.
4. No cuenta con antigüedad suficiente para considerarla consolidada ( las terminadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 19/1975, de 2 de mayo, se consideran legales con licencia)

A partir de aquí, si en su inmueble se dan estas circunstancias, usted podrá obtener la DECLARACIÓN DE ASIMILADO A FUERA DE ORDENACIÓN, la cual le será necesaria para acceder al Registro de la Propiedad o para hacer cualquier obra menor conducente a garantizar las condiciones mínimas exigibles al uso residencial, en su caso. Esta inscripción registral la va necesitar el tasador para poder emitir la tasación sin condicionantes (ver art. 8 de la Orden ECO 805/2003).

Por otra parte, el «Real Decreto 716/2009, de 24 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero» dispone en su art.11.d que ENTRE LOS BIENES QUE NO PUEDEN SER ADMITIDOS EN GARANTÍA PARA PRÉSTAMOS O CRÉDITOS HIPOTECARIOS, POR NO REPRESENTAR UN VALOR SUFICIENTEMENTE ESTABLE Y DURADERO, SE ENCUENTRAN LOS EDIFICIOS E INSTALACIONES SITUADAS FUERA DE ORDENACIÓN URBANA.

A pesar de lo anterior, parece que determinadas entidades bancarias no encuentran inconveniente en aceptar como garantía hipotecaria inmuebles en Fuera de Ordenación e incluso en AFO (Asimilado a Fuera de Ordenación).

Resumiendo lo anteriormente expuesto le aconsejo que identifique en que situación se encuentra la vivienda. Esto es muy importante porque en función de su antigüedad podría incluso quedar en situación legal, o en función de su compatibilidad con el instrumento podría ser legalizada. Si del análisis se concluye que la vivienda es un AFO, proceda a obtener su Declaración y consulte con distintas entidades bancarias para ver cuál le concede un crédito hipotecario aceptándola como garantía.

Espero que esta respuesta sea de su interés.

UN SALUDO

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