Urbanismo
13 mayo, 2020 #Consultas anteriores

Buenos días, Soy propietario de una finca con una superficie total…

Seguir consulta Hace 4 años1 respuesta

Buenos días,

Soy propietario de una finca con una superficie total de 2.381m2. Una parte de la finca, 391m2, está calificada como urbana y el resto, 1.990m2, es suelo rústico urbanizable incluido por el PGOU en un sector sin posibilidad de división, sin plan parcial aprobado, que lo destina, junto a otra finca con extensión de unos 63.000m2, a uso residencial con tipología constructiva de Villas. No parece que a corto plazo y después de transcurridos 12 años desde la aprobación del PGOU se vaya a intervenir en ese sector.

La pregunta que quería trasladarles es si es posible plantear una modificación puntual del PGOU para desagregar esos 2.100m2 de la unidad de ejecución, con las cesiones que correspondan de terreno al ayuntamiento, con la finalidad de construir en la parte liberada de esa parcela junto a los 391m2 de los que ya dispongo.

Gracias de antemano.
Un saludo.

Jorge Luis Morán Ovide

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Emilio Martín (Tú)A+++ Hace 4 años

0 #1

Buenos días.

Siempre es posible una innovación puntual del PGOU, que en este caso tendría la consideración de modificación, a tenor del contenido de los artículos 37 y 38 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA, ya que supongo que estamos en Andalucía). Ahora bien, para iniciar el trámite, que sería de iniciativa de interesado, le aconsejo que llegue a un acuerdo con el Ayuntamiento a lo hora de establecer obligaciones, plazos, etc., suscribiendo un convenio de los previstos en el artículo en el artículo 30.2 de la LOUA.

La innovación del PGOU que pretende está más que justificada.

Saludos

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