Urbanismo
1 septiembre, 2022 #Propiedad horizontal

Buenos dias! La vivienda en la que resido es del año 1992, un …

Seguir consulta Hace 2 años1 respuesta

Buenos dias!
La vivienda en la que resido es del año 1992, un bloque de edificios, yo vivo en uno de los pisos, comprada en 2005 a un particular.
Este año 2022, tengo que hacer una operación hopitecaria sobre la vivienda y me dice el banco que la vivienda no tiene «Acta de final de obra» y que tengo que pagarlo yo.. una cifra de unao 1500€… lo cual no entiendo porque, la obra finalizó hace 30 años y se supone que debió hacerla el contructor en su día.

Donde puedo recurrir para solucionarlo? Debo pagar yo ese impuesto realmente?

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Emilio Martín HerreraA+++ Hace 2 años

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Buenos días.

Me imagino que cuando dice «acta de final de obra» se refiere a ocupación (que antes, en Andalucía estaba sujeta a licencia municipal y ahora es objeto de declaración responsable). Si la obra no la tiene y es del año1992 (por tanto posterior a 1986 supuesto en el que sólo sería exigible certificación del Ayuntamiento), la ocupación tiene que solicitarla usted a través de declaración responsable (artículo 138.1.e de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía -LISTA-) , y la documentación que tiene que presentar, en Andalucía, es la señalada en el artículo 13.1.de párrafo segundo del Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía (RDUA):

«Las solicitudes de licencias de ocupación o utilización referidas a edificaciones existentes en las que no sea preciso la ejecución de ningún tipo de obra de reforma o adaptación, deberán acompañarse de certificado, descriptivo y grafico, suscrito por técnico competente y visado por el correspondiente Colegio profesional, cuando así lo exija la normativa estatal, en el que conste la terminación de la obra en fecha determinada, la descripción del estado de conservación del edificio y las instalaciones con que cuenta y acredite, en atención de las circunstancias anteriores, la aptitud del mismo para destinarse al uso previsto; así como la identificación catastral y registral del inmueble, y las condiciones urbanísticas vigentes. Se adjuntará igualmente a la solicitud documentación justificativa del correcto funcionamiento de las instalaciones ejecutadas en el inmueble conforme a su normativa reguladora y , en su caso, certificación emitida por las empresas suministradoras de los servicios públicos, de que las redes son accesibles desde la edificación sin precisar nuevas obras, y de ser viable dicha acometida».

Saludos

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