Urbanismo
11 noviembre, 2021 #Ejecución urbanística #AFO

Edificaciones en suelo urbanizable con planeamiento pendiente de redactar

Seguir consulta Hace 3 años1 respuesta

Vuelvo a hacer la pregunta, porque creo que por error se ha dado por respondida, y sigo con la duda. Gracias

Buenos días.

Querría saber en qué situación jurídica quedan las edificaciones existentes en suelo urbanizable, mientras no se desarrolla el planeamiento correspondiente, en función de si:

1. Son legales (es decir, contaron con licencia en el momento de su construcción, por cumplir la normativa o sujetas al Art.2 DL 3/2019).

2. Son infracciones prescritas, por no haberse tramitado procedimiento de restauración de la legalidad.

¿Quedarían en situación de fuera de ordenación (legales) o AFO (infracciones prescritas), y por tanto, sujetas a las limitaciones en las actuaciones que le imponga la normativa, hasta que se redacte el plan?

Muchas gracias de nuevo 

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Emilio Martín HerreraA+++ Hace 3 años

0 #1

Buenas tardes:

Mire a ver la anterior consulta que formuló. A ver si ahora está contestada.

Saludos

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