Gastos de urbanización. ¿A cargo de quién corren los gastos de urbanización de …
Gastos de urbanización.
¿A cargo de quién corren los gastos de urbanización de los sistemas generales? ¿Los sistemas generales adscritos o incluidos a los sectores deben entregarse ya urbanizados? ¿o depende de si el planeamiento general lo ha indicado así expresamente?
Muchas gracias
Emilio Martín Herrera A+++ Hace 2 años
Buenos días:
Depende de lo que haya establecido el planeamiento y de las posibilidades reguladas en la LISTA.
El artículo 115.3 de la LISTA prevé que las “obras de urbanización correspondientes a los sistemas
generales y locales se realizarán conforme a las determinaciones del instrumento de ordenación
urbanística, conjuntamente con las restantes obras de urbanización, mediante el desarrollo de la
modalidad sistemática o asistemática que prevea dicho instrumento, pudiendo ponerse a disposición los terrenos anticipadamente cuando exista acuerdo con los propietarios» de tal forma que “reglamentariamente se establecerán los mecanismos de participación de cada ámbito de actuación o unidad de ejecución en la ejecución material de los sistemas generales y locales comunes que requieran una íntegra ejecución ya sea previa, simultánea o posterior al desarrollo de los mismos, así como los de ejecución por el Ayuntamiento, sin perjuicio de su repercusión a aquellos”.
En este sentido, el artículo 189.1.a 7º y 8º del último Borrador de Proyecto de Reglamento de la LISTA, en tramitación, señala como obligaciones de urbanización:
«7.º Cuando así se prevea expresamente en el instrumento de ordenación y conforme al régimen
previsto a ejecutar o en el sistema de actuación previsto para su desarrollo y ejecución, las obras
de infraestructuras y servicios exteriores a la unidad de ejecución o ámbito de actuación que sean precisas, tanto para la conexión adecuada de las redes de la unidad o ámbito a las redes generales municipales o supramunicipales, como para el mantenimiento de la funcionalidad de éstas todo ello cuando así proceda conforme al régimen de las distintas clases del suelo. También quedaran comprendidos dentro de los costes de obras de urbanización las obras precisas para la conexión del ámbito de la actuación de transformación con los sistemas generales de vías públicas y servicios urbanos existentes y previstos, o en su defecto con las redes municipales de vías públicas y servicios urbanos.
8.º Las de urbanización de los sistemas generales y cualesquiera otras cargas suplementarias que se impongan a los terrenos, cuando así se haya establecido en el instrumento de ordenación
urbanística».
En el caso de ejecución asistemática, el artículo 115.4 LISTA señala: “cuando no sea precisa la obtención del suelo y su ejecución material no esté incluida o adscrita a ámbitos de actuación o unidades de ejecución ni se prevea su ejecución mediante modalidad asistemática, los sistemas generales y locales se ejecutarán como obras ordinarias, en cuyo caso el Ayuntamiento podrá imponer a los beneficiarios de las mismas, identificados en el ámbito delimitado a tal efecto, las correspondientes cuotas de urbanización”.
Saludos
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