Urbanismo
25 julio, 2021 #Consultas anteriores

Hola a todos. Hay un terreno que se sitúa entre dos viviendas…

Seguir consulta Hace 3 años1 respuesta

Hola a todos.
Hay un terreno que se sitúa entre dos viviendas de dos plantas cada una. El terreno es urbano consolidado y tiene luz, agua, acera, alcantarillado, etc. Está habilitado para chalet con 4 plantas edificables.
El terreno sita en Torrealquería, Alhaurín de la Torre, Málaga. El terreno tiene unos 250 metros y supuestamente se puede construir el 100%.
La cuestión es que me gustaría construir en mitad del terreno una pequeña vivienda de unos 40 metros cuadrados para así estar rodeado de jardín, pero desconozco si la ley me obligaría a tener que adosarme a la fuerza a los dos vecinos que tengo uno a la derecha y otro a la izquierda, levantando mis propios muros y demás.

Muchas gracias.

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Emilio Martín (Tú) Hace 3 años

0 #1

Buenos días:

En la Normativa del Plan General de Ordenación Urbana del Municipio, aprobado en junio de 1990 y adaptado a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía en octubre del 2009, no encuentro ninguna referencia a edificaciones insuficientemente consolidadas y su posible prohibición. Las condiciones de edificabilidad, altura, ocupación, etc. son máximas, por tanto no tiene porque agotar las señaladas por el Plan. Otra cosa es que debe materializar el uso autorizado por el Plan.

Saludos

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