Urbanismo
8 octubre, 2020 #Consultas anteriores

Hola a todos, os comentó, me compré un terreno con una casa…

Seguir consulta Hace 4 años1 respuesta

Hola a todos,os comentó,me compré un terreno con una casa en una urbanización de Valencia para ser exactos calicanto cp 46900,el terreno es urbano no urbanizable,la casa es de 1900 por lo tanto necesita reforma para su mantenimiento,tengo agua pero luz no me quieren dar porque me dicen algo de una ley que salió en 2015,nadie de la urbanización tiene cédula de habitabilidad pero por lo visto,pusieron luz antes del 2015,mi vecino de al lado tiene luz y agua (derecha pegada a mi parcela);y el de la izquierda pegada a mi parcela lo mismo,en el ayuntamiento no me conceden ningún permiso,ni para pedir luz de obra ya que dicha obra no se puede realizar,solo se podría restaurar la vivienda,e pensado si la contrato desde otra comunidad que no tenga las mismas normas que Valencia lo mismo no necesito pedir ese permiso al ayuntamiento porque al ser otra comunidad tienen otras leyes,no se qué hacer…por favor haber si alguien me puede hechar un cable nunca mejor dicho jejejejeje gracias

Orden: 1 respuesta Responder consulta

Emilio Martín (Tú)A+++ Hace 4 años

0 #1

Buenos días.

Por lo que puedo ver en diversas páginas de internet la urbanización de Calicanto se distribuye en tres municipios: Chiva, Torrente y Godelleta. Para situar su parcela y ver las condiciones urbanísticas que le afectan, necesitaríamos la referencia catastral de la misma.

Comenta la existencia de una Ley valenciana que le afecta del año 2015. Nosotros tenemos dos referencias claras de legislación de carácter urbanístico de la comunidad alrededor de esa fecha, pero ninguna del 2015: la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana, y Ley 5/2018, de 6 de marzo, de la Huerta de Valéncia. Debería de concretarnos a que norma se refiere.

Me imagino que debe de tratarse de limitaciones para actuar en edificaciones existentes fuera de ordenación o asimilada a fuera de ordenación, pero para poderle orientar debe de situarnos la parcela para poder consultar las normas urbanísticas del municipio.

En cualquier caso, la compañía suministradora debe aplicar las normas urbanísticas de su comunidad, por lo que no sirve la solución «truco» de contratar con una compañía fuera de la Comunidad Valenciana.

Saludos

Deja una respuesta