Hola, buenas tardes. Tengo una duda, que es la siguiente (soy consciente…
Hola, buenas tardes. Tengo una duda, que es la siguiente (soy consciente de que quizás sea una tontería pero necesito resolverla urgentemente);: ¿el Ayuntamiento de una ciudad puede intervenir sobre solares privados abandonados o en desuso?, si es así, ¿cómo?
Muchas gracias de antemano
José Carlos Guerrero Maldonado (Tú) Hace 4 años
Hola, los Ayuntamientos podrán exigir el deber genérico de conservar los solares en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato. En este sentido podrán ordenar
la limpieza de basuras, eliminación de vegetación invasiva susceptible de provocar incendios, vallados o elementos de corrimiento acordes a la ordenanza, etc. En el caso de no cumplirse estas órdenes podrán imponerse multas coercitivas y, en última instancia, la ejecución subsidiaria con cargo al propietario.
Por otra parte, podrán también exigir el deber de edificar, incluyendo los solares en los que no se solicite licencia de obras en un «Registro de solares edificaciones ruinosas». Transcurrido un tiempo en este registro podrá invocarse el concurso por cualquier particular para la sustitución del propietario incumplido. Ver arts 150 a 152 de la LOUA si la consulta es de un solar de Andalucía.
UN SALUDO
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