Hola buenas, tengo una parcela urbana, en una urbanización de chalet, donde …
Hola buenas, tengo una parcela urbana, en una urbanización de chalet, donde se permite una ocupación del 25% y una edificabilidad para uso principal de 0,8 m3/m2 y para uso secundario 0,1 m3/m2. En esta parcela actualmente existe una piscina y una construcción de unos 40m2 que no cumple normativa urbanística ya que esta pegada a linderos, incumpliendo los 3m que se exige el Plan. Esta construcción posee incluso 2ª Ocupación por parte del Ayuntamiento. Mis clientes han comprado esta parcela y quieren hacerse su casa, al consultar Ayuntamiento y existir esa construcción fuera de ordenación, nos dicen que la única opción sería indicar en el proyecto de la nueva casa, la demolición de esa construcción fuera de ordenación para restituir el orden perturbado. Según el arquitecto municipal si se declarase AFO esa construcción, en esa parcela ya no procedería la concesión de ninguna licencia mas, ¿eso es así?, y si lo fuera ¿habría alguna solución urbanística para evitar demoler esa construcción que tiene licencia de 2ª ocupación desde el año 2010?.
Muchas gracias
Emilio Martín Herrera A+++ Hace 3 años
Buenos días.
¿Qué es una licencia de 2ª ocupación?.
Si esa construcción está autorizada a través de una licencia no puede considerarse AFO. Tiene cobertura en un acto de autorización municipal. Para declarar su ilegalidad, y por tanto su posible consideración como AFO dado el tiempo transcurrido, sería necesario declarar la lesividad de la licencia (artículo 156 de la LISTA). Mientras tanto la presunción es que esa construcción es legal, dado que tiene licencia.
Cuestión distinta es que deba considerarse como fuera de ordenación (FO), y en ese caso habría que ver si la propuesta de nueva edificación desordena más la situación actual de utilización de la parcela o no.
En todo caso podemos comentar más el caso si nos aporta datos más concretos.
Saludos
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