Urbanismo
4 noviembre, 2020 #Consultas anteriores

Hola, he comprado un solar para construir una vivienda y el perito…

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Hola,
he comprado un solar para construir una vivienda y el perito me dice que el promotor debe darme la georreferenciación, pero no lo ha hecho. Quiere cobrar a parte el lindar el solar y los archivos gml que me solicita el perito. ¿esta obligado a entregarme la georreferenciación el promotor?
Muchas gracias.

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José Carlos Guerrero (Tú)A+++ Hace 3 años

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Entiendo que usted a comprado un solar inscrito en el Registro de la Propiedad. Entiendo también, que está sin georreferenciar porque en la fecha de su inscripción no era un requisito exigible. Si estuviera sin inscribir sería obligatoria su georreferenciación al inscribirlo.

Por otra parte, su intención es la de edificar en el solar por lo que para inscribir la obra nueva en construcción, deberá aportar la georeferenciación de la edificación y del solar.

La Resolución-Circular de 3 de noviembre de 2015 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre la interpretación y aplicación de algunos extremos regulados en la reforma de la ley hipotecaria operada por la Ley 13/2015, de 24 de junio, señala, la regla general: «cuando, conforme al artículo 202 de la Ley Hipotecaria, proceda inscribir la relación de coordenadas de referenciación geográfica de la porción de suelo ocupada por cualquier edificación, instalación o plantación, deberá constar inscrita, previa o simultáneamente, la delimitación geográfica y lista de coordenadas de la finca en que se ubique».

“La razón de dicha exigencia estriba en que para que proceda inscribir en el folio real de una finca la existencia de una edificación ubicada sobre ella, el primer presupuesto y requisito conceptual es, obviamente, que tal edificación esté efectivamente ubicada en su integridad dentro de la referida finca y no se extralimite de ella.”

Como excepción a la regla general, señalada por la anterior resolución, sería que la edificación se encuentre separada de los límites del solar sin generar duda alguna al Registrador.

Resumo todo lo anterior indicando que la georeferenciación del solar y de la edificación es un requisito para inscribir la obra nueva y que, por tanto, usted deberá asumir como propietario del solar y promotor de la edificación.

Un saludo

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