HOLA, otra consulta: Lindando con una vivienda en suelo urbano, contruida…
HOLA, otra consulta:
Lindando con una vivienda en suelo urbano, contruida en el año 2000, exite una parcela no urbanizable que parte de ella está incorporada a la vivienda como patio, que aunque no esté edificada está cercada y se accede a ella através del patio de la vivienda.
¿Se podría segregar segregar esta parte de parcela, para que el propietario de la vivienda la escriture a su nombre, ya que es él mismo el que la usa y disfruta desde el año 2000?
Como no cumple parcela mínima para segregar, se podría reconocer este acto de parcelación como AFO?
GRACIAS
Emilio Martín (Tú) Hace 6 años
¿Esa parcela que forma el patio es parte de otra mayor ubicada en suelo no urbanizable?.
Ten en cuenta de un AFO implica «actos de uso del suelo, y en particular las obras, instalaciones, construcciones y edificaciones realizadas con infracción de la normativa urbanística, respecto de los cuales ya no se puedan adoptar medidas de protección y restauración de la legalidad» (artículo 53.1 del RDUA). ¿Se ha producido algo de esto aquí?.
No veo que esa sea la vía. Lo lógico es que si el patio es pequeño y la realidad física es esa (por cierto ¿el dueño de la casa es dueño del patio también aunque sea en título privado?), se tramite una innovación del planeamiento ajustando el límite del suelo urbano, que dada la entidad tendría la consideración de modificación (artículo 38 de la LOUA)
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