Hola. Para el diseño de una calle en Granada, qué normativa de …
Hola. Para el diseño de una calle en Granada, qué normativa de accesibilidad debo aplicar? El decreto 293/2009 o la orden TMA 851/2021?. Porque hay artículos en los que las dimensiones difieren entre uno y otro.
Por ejm: según art 5 del TMA de itinerarios peatonales accesibles, dice “ anchura libre no inferior a 1,80…”, Y en el art 15 del decreto: ancho libre 1,50 m. Cuál se aplicaría? Igual sucede con las dimensiones de plazas de aparcamiento para minusválidos: en el TMA: 5×2,2 m, y en el decreto: 5×3,6m y 6,5x 3,6 m.
Igual sucede con el artículo de rampas y otros.
Gracias
Manuel Martinez Carillo A+++ Hace 1 mes
Buenos días, efectivamente existen contradicciones entre lo estilado en la Orden TMA 851/2021 y el Decreto Andaluz de Accesibilidad.
Esta situación ya se daba también con la anterior Orden VIV 561/2010, ya derogada. Incluso con el DB-SUA en materia de edificación.
La aplicación debe ser en cada parámetro utilizar el más restrictivo, ya sea el establecido por la normativa estatal o en su caso por la autonómica.
Para facilitar su aplicación te remitimos ficha justificativa de Infraestructuras y Urbanismo adaptada a la Oren TMA 821/2021 y al Decreto 293/2009
Saludos
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