Mi duda es la siguiente: La empresa contratista de una de mis …
Mi duda es la siguiente: La empresa contratista de una de mis obra ha subcontratado a una empresa de carpintería metálica para fabricar e instalar las ventanas, balconeras y los vidrios. Por lo que la empresa contratista me ha aportado el documento donde se acredita que se ha hecho entrega del PSS a la empresa subcontratista, la mal llamada Acta de Adhesion al Plan.
Hasta ahí todo correcto pero cuando pregunto quien monta los vidrios y como, me explica la empresa subcontratista que ellos contratan a una empresa del su grupo empresas, que tiene otro CIF diferente al suyo, es decir entraría en otro orden de subcontratación.
Mi pregunta es ¿quién debe acreditar en el documento de entrega del PSS a la empresa que instala los vidrios ?? El contratista principal o la empresa subcontratista que los contrata.
Muchas gracias.
Manuel Martinez Carillo A+++ Hace 4 semanas
Buenos tardes, el tema de la adhesión responde al contenido del artículo 10.2 del RD 171/2004. Deber de vigilancia del empresario principal. (en obra la empresa principal es la contratista y la contratista que aquí se indica es la subcontratista)
2. Antes del inicio de la actividad en su centro de trabajo, el empresario principal (contratista en obra) exigirá a las empresas contratistas y subcontratistas que le acrediten por escrito que han realizado, para las obras y servicios contratados, la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva.Asimismo, el empresario principal exigirá a tales empresas que le acrediten por escrito que han cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro de trabajo.
Las acreditaciones previstas en los párrafos anteriores deberán ser exigidas por la empresa contratista, para su entrega al empresario principal, cuando subcontratara con otra empresa la realización de parte de la obra o servicio.
En obra, la evaluación y planificación corresponde al Plan de S y S y de ahí, viene lo de la famosa adhesión… y según la última parte del punto 2, si esa subcontrata contratara a su vez con otra deberá recabar esa acreditación para su entrega al empresario principal (contratista)… en definitiva sí… la subcontrata 1 debe gestionar la «adhesión» a la subcontrata 2 y transmitirlo a la contrata para que actualice el libro de subcontratación.
Saludos
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