Urbanismo
30 septiembre, 2023

¿Se puede urbanizar una parte del desarrollo de una unidad de ejecucion …

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¿Se puede urbanizar una parte del desarrollo de una unidad de ejecucion en la que ya se han establecido y aprobado las cesiones y se han hecho las parcelaciones (en proyecto) individualmente por uno de los propietarios con la nueva LISTA?

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Emilio Martín HerreraA+++ Hace 7 meses

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Buenos días

Sí. La ejecución de la urbanización de una unidad de ejecución puede ser parcial.

El artículo 97.2 de Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA) señala:

«Reglamentariamente se regulará el procedimiento de recepción de las obras de urbanización y sus efectos, los supuestos en los que será admisible la recepción parcial por fases cuando se justifique su funcionalidad autónoma, según lo establecido en el correspondiente instrumento de ordenación urbanística, en el proyecto de urbanización o por el procedimiento previsto para la delimitación de las unidades de ejecución, así como el régimen de garantías que se establezcan».

Los artículos 191.2 y 197.2 del Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (RGLISTA) precisa la cuestión:

«El proyecto de urbanización podrá delimitar y modificar las fases establecidas en los instrumentos de ordenación para la recepción parcial de la urbanización, sin perjuicio de la posibilidad de efectuar dichas operaciones a través del procedimiento previsto para la delimitación de las unidades de ejecución. Las fases definidas constituirán unidades funcionales autónomas de forma que doten de todos los servicios a parcelas concretas, y en todo caso a las cesiones contempladas en la Ley garantizando su distribución equilibrada entre fases».

«Podrán ser objeto de recepción parcial las obras de urbanización correspondientes a las diferentes fases cuando se justifique su funcionalidad autónoma, según lo establecido en el correspondiente instrumento de ordenación urbanística, en el proyecto de urbanización o por el procedimiento previsto para la delimitación de las unidades de ejecución».

Saludos

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