Urbanismo
8 mayo, 2018 #Consultas anteriores

Una aclaración para el final de la clase de hoy. Las…

Seguir consulta Hace 6 años1 respuesta

Una aclaración para el final de la clase de hoy.

Las iniciaciones, medidas cautelares, la proporcionalidad etc de los procedimientos para la protección de la legalidad urbanística y restauración del orden, son iguales para todas las Comunidades Autonomas?

En caso de haber diferencias saben si son sustanciales?

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Emilio Martín Herrera (Tú)A+++ Hace 6 años

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Os hemos remitido la legislación de aplicación a cada Comunidad sobre el tema, extraído de la legislación urbanística en cada caso (la fuente es la página de Noticias Jurídicas, que os recomiendo que la utilicéis cuando necesitéis consultar legislación).

Las diferencias pueden ser muy sustanciales. Por ejemplo las prescripción para adoptar medidas de restauración del orden urbanístico pueden oscilar entre cuatro años en algunas Comunidades a quince en otras (en Andalucía son seis años). La proporcionalidad no se regula en la legislación de algunas Comunidades y en otras esta contempladas en la propia Ley (en Andalucía se regula a nivel reglamentario). En algunas Comunidades se permite tramitar conjuntamente el expediente de restauración y sancionador, en Andalucía son expedientes diferenciados aunque coordinados.

En fin, cada Comunidad tiene su regulación. Sería interesante que los que sois de fuera de Andalucía leyerais la regulación de vuestra Comunidad en la documentación que os hemos mandado, y pusierais de manifiesto las cosas que os llaman la atención en este foro. Es un tema de debate interesante analizar las diferencias y que consecuencias tiene.

Montse, tu estas en Cataluña, ¿no?. Empieza tu

Un saludo

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