Una obra de edificación que tiene su estudio y su plan aprobado. Durante …
Una obra de edificación que tiene su estudio y su plan aprobado.
Durante el proceso de ejecución la propiedad se le antoja enviar unos pilotos a distancia (personal de la propiedad) y su respectivo dron a la obra, además de ser el operador la propiedad.(el dueño de dron). Efectivamente estos trabajos no se recogen en el plan ya que nos son trabajo de la contrata. Estos trabajos y sus procedimientos tampoco están recogidos en el estudio.
Pero la contrata le indica los riesgos que existe en la obra y los acompaña en todo momento por la obra, además de registrarse en control de acceso y llevar los epis. (Todo ellos indicado por el CSS PREVIO A COMENZAR A ACCEDER A LA OBRA, e indicarlo en el libro de incidencia).
Qué debería hacer el Coordinador de Seguridad y Salud? Le tendrá que exigir algún documento? Lo que está realizando la contrata está bien? Y lo que ha indicado el CSS está bien?.
Saludos
Manuel Martinez Carillo A+++ Hace 4 semanas
Buenas tardes Rafaela, entendemos que la situación que planteas, se trata de una concurrencia de actividades en un mismo centro de trabajo y por tanto debemos aplicar el RD 171/2004. Procede una reunión promovida por el CSS, con la presencia del promotor (o el usuario del dron) y el titular del centro de trabajo (contratista) y analizar los riesgos de esa actividad… en todo caso deberían organizar: zona de operación del dron, desde donde se podrá manejar y protección necesaria para acceder allí, zonas prohibidas de sobrevuelo, avisos previos necesarios antes de sobrevolar la zona, posibles riesgos por caída del equipo sobre el personal, posibles riesgos por interferencias o despistes de los trabajadores por la presencia de este equipo… una vez analizado todo, se debe reflejar en un documento y llevarlo a cabo.
Al no ser una actividad incluida en el proceso edificatorio no será necesario introducirlo en el PSST aunque si se hace pues tampoco pasaría nada. Sin duda el dron también genera riesgos a la obra y por tanto el promotor también está obligado a informar de esos riesgos que genera al personal de la obra.
Saludos
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